NUEVAS PRESIONES DE LOS BANCOS A LOS CLIENTES CON CLAUSULA SUELO.

En las últimas semanas hemos tenido conocimiento de la feroz campaña que están llevando a cabo determinadas entidades financieras para la eliminación de la clausula suelo que contienen sus hipotecas y que, en su día, introdujeron, de una forma no del todo ortodoxa y transparente, a personas en su mayor parte sin grandes conocimientos financieros hasta el punto de que la alarma social que se está creando con dicha clausula, ha hecho percatarse a muchos clientes de estas entidades de la existencia de las mismas en sus escrituras de hipoteca, lo que antes desconocían.

Estas entidades intentan negociar con sus clientes hipotecados una rebaja o eliminación de la cláusula suelo (en muchos casos obligándoles a la contratación de otros productos) citándolos de manera masiva y, en la mayoría de los casos, bajo presión, e intentando una firma rápida del hipotecado para evitar así una futura demanda judicial.

Esta práctica, lejos de cumplir con la legalidad vigente que declara nula e ilegal la cláusula suelo,  intenta presionar a los clientes afectados para que firmen una rebaja que les impediría emprender futuras acciones judiciales.

Por eso, ante esta situación, le recomendamos a los afectados  que no firmen ningún tipo documento y contacten con un profesional, ya que no cabe rebaja en ninguna negociación, solo la retirada total e inmediata de dicha clausula, y, la devolución de las cantidades cobradas indebidamente de más, como mínimo desde la publicación de la Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de Mayo de 2013, estando pendiente la resolución de la cuestión que se ha planteado ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por la Sección 4ª de la Audiencia Provincial de Cantabria, mediante Auto, de fecha 17 de Julio de 2015, para la adecuación de la irretroactividad (o efectos ex nunc en vez de ex tunc) de la Sentencia de la citada Sentencia, que la sancionaba e impedía la aplicación de las efectos ex tunc en las mismas.

Además debemos mencionar que con la entrada en vigor en el día de ayer de la Ley 25/2015, de 28 de julio, de Mecanismo de Segunda Oportunidad, Reducción de la Carga Financiera y otras Medidas de Orden Social, se obliga por primera vez a los entidades financieras por parte del Gobierno de España a la inaplicación definitiva de las cláusulas suelo a aquellos deudores situados en el nuevo umbral de exclusión que las tuvieran incluidas en sus contratos.

Bufete Bermudo & Quijada Y Asociados Sociedad Civil Profesional