CONCLUSIONES MAGISTRADOS ESPECIALISTAS EN MERCANTIL

Los Magistrados especialistas en Mercantil de Pamplona han abordado una serie de cuestiones cuyos problemas son expuestos y a los que establece una conclusión.

1.- En materia de Transporte Marítimo hacen referencia al embargo preventivo de buque en cuanto a la competencia para acordarlo, al objeto del embargo, la prestación de la fianza, los créditos marítimos, todo ello regulado en la Ley 14/2014, de 24 de Julio, de Navegación Marítima.

2.- Sobre Transporte Terrestre, los Magistrados especialistas en Mercantil plantean una serie de cuestiones y exponen el problema con distintas opciones interpretativas que son sometidas a votación. Entre dichas cuestiones están las siguientes

  1. ¿Puede el cargador que pagó venir obligado por mor de la DA 6ª a pagar por segunda vez?
  2. ¿Es una disposición de derecho necesario o puede quedar excluida por pacto de las partes?
  3. ¿Podemos aplicar la DA 6ª en un transporte sometido al CMR que carece de una norma similar?

3.- En cuanto al Transporte Aéreo, los Magistrados se basan en la cuantificación del daño moral en reclamaciones de transporte aéreo, cuestión que se plantea con frecuencia en los juzgados mercantiles que da lugar a resoluciones diversas debido a la no existencia de un criterio común.

4.- Ante las novedades en materia de impugnación de acuerdos sociales, de responsabilidad de administradores, en materia de convenio, de segunda oportunidad, así como problemas prácticos en la transmisión de la unidad productiva, o cuestiones estatutarias, los Magistrados exponen y contestan una serie de cuestiones que se plantean.

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