Informe emitido por la Comisión Jurídica sobre los términos legales de los requerimientos de información tributaria a los Juzgados y Tribunales relativos a procedimientos a los Colegios de Abogados relativos a informes sobre costas y jura de cuentas.

Se somete a la consideración de la Comisión Jurídica del CGAE la conformidad a Derecho de este tipo de requerimientos de información de la AEAT.
Este análisis exige precisar y, posteriormente valorar, los distintos intereses que esos requerimientos ponen en juego y el conflicto que se produce entre ellos.

Por una parte, se pone en juego el deber de información a la Hacienda Pública que se configura, constitucionalmente, como una prestación personal y se enmarca, legalmente, en el amplio campo de la gestión de los tributos, dirigida a la correcta aplicación de los mismos.
Por otra parte, se pone en juego también del derecho a la intimidad o, mejor dicho, de la privacidad y, como concepto más amplio pero igualmente protegible, ha de considerarse la protección de los datos de carácter personal.

Igualmente, también se pone en juego el deber de secreto profesional y el mismo derecho de defensa.

Todos estos deberes y derechos tienen rango constitucional, de modo que el conflicto entre distintos bienes se produce en el ámbito de la norma superior del Ordenamiento Jurídico, exigiendo una cuidadosa consideración de cada uno de ellos con objeto de deducir las reglas por las que han de conciliarse los distintos intereses en juego en torno a una solución que sea conforme a Derecho.

Conviene, por tanto, exponer con cierto detenimiento el régimen jurídico del deber de información tributaria en el ámbito de la colaboración con la Hacienda Pública, considerando la protección del derecho a la intimidad y privacidad, incluyendo aquí el derecho a la protección de datos de carácter personal, y el derecho de defensa y el derecho/deber de secreto profesional.

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Visto en: red abogacía